Becas no universitarias 2025-2026

2025-09-02

El plazo para solicitar las becas y ayudas al estudio para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios para el curso académico 2025-2026 finalizará el 6 de octubre de 2025. La convocatoria se divide en cuatro capítulos:

  • Capítulo I: Ayudas al estudio para enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Enseñanzas Elementales de Música y Danza.
  • Capítulo II: Becas al estudio para enseñanzas de Bachillerato, Enseñanzas de Formación Profesional de Grado Básico, Grado Medio y de Grado Superior, enseñanzas artísticas profesionales, enseñanzas deportivas y estudios de idiomas.
  • Capítulo III: Ayudas y subsidios específicos para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
  • Capítulo IV: Disposiciones comunes a las becas y ayudas.

 

Presentación de solicitudes

La información sobre el proceso de solitud de la beca podrá encontrarse en el apartado “Información y solicitudes” de este enlace.

Como cada año, las solicitudes podrán presentarse tanto online como de manera presencial en los centros donde se vayan a cursar los estudios para los que se solicita la beca.

Al alumnado que fue beneficiario de beca o ayuda en el curso 2024-2025 se le facilitará vía SMS y/o email el acceso al borrador de solicitud ya cumplimentado. También pueden acceder a dicho borrador desde Ikasgunea.

 

Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo

Si vuestro hijo o hija tiene necesidades educativas de apoyo educativo, no os olvidéis de consultar el tercer capítulo de la convocatoria.

Las ayudas y subsidios contemplados en este capítulo atenderán al alumnado registrado en la aplicación W67 del departamento de Educación, que presenta alguna de las siguientes tipologías de necesidades específicas de apoyo educativo:

  1. Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, incluyendo el alumnado con Trastorno por Déficit de Atención por Hiperactividad (TDAH), derivada de discapacidad en grado igual o superior al 25 por ciento o trastorno grave de conducta. El certificado de discapacidad debe estar correctamente registrado en la aplicación W67 del departamento de educación.
  2. Alumnado con trastorno grave de la comunicación y del lenguaje asociado a necesidades educativas especiales.
  3. Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociada a trastorno del espectro autista (TEA).
  4. Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a alta capacidad intelectual.

 

Familias con dificultades para justificar los ingresos de 2024

En el caso de que, por circunstancias excepcionales, la persona solicitante tenga dificultad en la obtención de los medios de prueba o falta de accesibilidad a los mismos, y no pueda acreditar los recursos económicos de la unidad convivencial/familiar correspondientes al ejercicio 2024, será preciso que exponga la situación y acredite documentalmente los medios de vida con los que cuenta la unidad convivencial/familiar en el ejercicio 2025.

Además, en caso de no haber presentado la declaración del IRPF se deberá entregar para justificar los medios de vida cualquier documento que acredite los ingresos, medios de vida o ayudas recibidas (copia de contratos de trabajo, 10T), así como certificados expedidos por los servicios sociales municipales o por otras entidades benefactoras como Cruz Roja, Cáritas y ONG.

 

Pago de la beca

El pago de la beca se hará de una sola vez en el plazo de un mes contado a partir de la resolución definitiva. Aquí os dejamos la información relativa a la convocatoria del próximo curso 2025-26:

Consulta toda la información aquí y recuerda que si tenéis dudas podéis poneros en contacto con vuestra federación.