Subvención de Euskera de Diputación Foral de Bizkaia

2023-01-09

La Diputación Foral de Bizkaia convoca esta subvención con el objetivo de promocionar el uso del euskera en todos los ámbitos sociales. Esta línea de subvención tiene por objeto colaborar con estas entidades sin ánimo de lucro, con el fin de apoyarlas en su labor fundamental en el ámbito de la promoción del uso del euskera.

Al final de la noticia tenéis el enlace al decreto completo. A continuación, os dejamos un resumen del mismo.

 

PROGRAMAS QUE SE SUBVENCIONAN (Pag 3- capítulo I Disposiciones generales- Base 1)

Los proyectos que motiven la solicitud de subvención deberán desarrollarse durante

el ejercicio 2023 (enero a diciembre incluidos).

  • Iniciativas o programas de acción destinados a promocionar y consolidar el uso del euskera en ámbitos no formales, en especial los que se desarrollen en el tiempo libre,… y los ligados a actividades deportivas destinados al público infantil y juvenil, así como la creación de materiales para llevar a cabo las mismas.
  • Programas de acercamiento al euskera de la población inmigrante y de capacitación lingüística de dicha población.
  • Otros programas o proyectos: consolidación de la transmisión del euskera en el ámbito familiar; promover y fortalecer el uso del euskera en las relaciones sociales; para incentivar el hábito de la lectura.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES: (Pag 4- capítulo I Disposiciones generales- Base 1 pto 3)

Los estrictamente necesarios para realizar la actividad subvencionada. Los gastos no pueden ser mayores que el valor de mercado.

 

LUGAR y PLAZO DE PRESENTACIÓN: (Pag 6- capítulo III procedimiento-Base 5)

Del 16 de enero de 2023 al 13 de febrero de 2023 a las 13.30

Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica.

Una solicitud por proyecto.

 

DOCUMENTACIÓN SOLICITUD Y REQUISITOS: (Pag 6- capítulo III procedimiento-Base 6)

Relación de toda la documentación que hay que aportar en la solicitud

 

PROGRAMAS EXCLUIDOS: (Pag 3- capítulo I Disposiciones generales- Base 1 pto 2)

Atención a este apartado donde se relacionan actividades/programas que no son subvencionables y otros que dependerán del % de población euskaldun del municipio.

 

AUTOFINANCIACIÓN: (Pag 5- capítulo I Disposiciones generales- Base 2 pto 1)

La AMPA debe financiar, con sus ingresos propios, el 35% del presupuesto presentado

 

JUSTIFICACIÓN: (Pag 12- capítulo IV Gestión y justificación de las subvenciones- Base 17)

Justificar el 100% del proyecto y presupuesto presentado, independientemente de la cantidad que nos concedan. Tened en cuenta que nunca conceden todo lo que se pide, sin contar con el 35% de autofinanciación que exigen.

 

Esto es un pequeño resumen de la convocatoria. Como siempre, os recomendamos leer el Decreto al completo y si tenéis dudas poneros en contacto con BIGE

DECRETO FORAL 129/2022, de 15 de noviembre (enlace convocatoria)